Plan urbano

La Municipalidad de Posadas implementa nueva normativa urbanística. Las mismas resultan de la actualización de Ordenanzas que integran el Código de Planificación de la ciudad. Permiten, a partir de los lineamientos estratégicos del Plan Urbano Ambiental y el PEP2022, orientar el crecimiento de la ciudad de manera integral y equilibrada. Es parte de un proceso continuo de planificación y ordenamiento de la ciudad que impulsa el Departamento Ejecutivo Municipal a través de la Unidad Ejecutora de Proyectos Especiales.

La nueva normativa urbanística contiene instrumentos de carácter general que ordenan y orientan la construcción parcela a parcela, mediante la definición de indicadores urbanísticos que establecen entre otros, dimensiones y disposiciones de la edificación de lotes, factor de ocupación del suelo, altura de la edificación, usos permitidos, entre otros.

Las características principales de la Nueva Normativa refieren a:

  • Unidades Territoriales: refiere a tres unidades de gestión -Este, Oeste y Sur-. Cada Unidad Territorial propone estrategias diferenciales, según sus características y rol en el conjunto del municipio.
  • Áreas con indicadores generales: determinan las diferentes áreas delimitadas y con indicadores definidos, en las que se subdivide el ejido municipal. En ellos se ha priorizado el criterio de relación armónica entre ancho del pasaje, la calle o la avenida, la altura final del edificio y la búsqueda de una mayor densificación edilicia en aquellos sectores que cuentan con servicios, equipamientos urbanos y accesibilidad adecuada. Esas cualidades se reflejan en los siguientes indicadores:
  • Dimensiones y disposiciones de la edificación de lotes,
  • Factor de ocupación del suelo (FOS)
  • Factor de impermeabilización del suelo (FIS)
  • Altura de la edificación
  • Usos permitidos 
  • Subdivisión parcelaria: Se ajustan las condiciones para superficie y lado mínimo para fraccionamiento por áreas y corredores urbanos, es decir las avenidas de ingreso y egreso al casco céntrico. Este ajuste considera las condiciones y tendencias reales existentes en el fraccionamiento para las diferentes zonas.
  • Áreas con Indicadores Particulares: denominadas Áreas de Interés Urbanístico con Indicadores a concertar: se trata de una cuestión innovadora del reordenamiento, permite la identificación de aquellos sectores del tejido urbano cuya renovación, total o parcial y/o nueva urbanización, se impulsa por presentar alguna o alguna de las siguientes particularidades: alto grado de deterioro ambiental, edilicio y de los espacios públicos; obsolescencia de las instalaciones existentes; desafectación de usos o traslado de usos que dieron origen al sector; presencia de grandes áreas indivisas vacantes de uso. Sean del dominio público (nacional, provincial o municipal), estas áreas se desarrollarán en base a la aprobación de un Plan de Sector correspondiente.
  • Indicadores Urbanísticos Diferenciales (IUD): Refieren a la altura de edificación permitida por encima de la Altura Base de Edificación (ABE). Los mismos tienen carácter optativo y oneroso, estableciéndose para ello el pago a la Municipalidad del tributo denominado “Derecho Especial de Compensación por Uso de Indicadores Urbanísticos Diferenciales”. Para el pago de este tributo devengado y su destino se tendrán en cuenta las condiciones establecidas en la Ordenanza nº 2963/11 de aprobación del Fondo de Desarrollo Urbano.

Proceso Participativo

La modalidad de trabajo comenzó en el mes de abril del año 2012, teniendo como marco previo el proceso participativo del PEP2022 iniciado en el 2008, con más de veinte instituciones públicas y privadas de Posadas para orientar el nuevo instrumento normativo. A fines del año 2013, se continuó con la dinámica participativa, esta vez en el ámbito de la comisión de Obras públicas y Urbanismo del Concejo Deliberante para discutir y readecuar los artículos en vistas a su aprobación.

Presentación Indicadores Urbanísticos Posadas

 

Ordenamiento Urbanístico de la Ciudad de Posadas – Ordenanza 3372/13 –  Publicado en Boletín Oficial N° 613/13

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Modificación Ordenamiento Urbanístico del Frente Fluvial – Ordenanza 3369/13  –  Publicado en Boletín Oficial N° 613/13

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